Asuntos climáticos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos


El 27 de septiembre de 2023, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos conoció del caso tan esperado Duarte Agostinho y otros contra Portugal y 32 otros Estados. El asunto fue presentado por seis niños y jóvenes portugueses contra 33 Estados miembros del Consejo de Europa. Los demandantes alegaban que las emisiones de gases de efecto invernadero producidas por los 33 Estados contribuían al fenómeno del calentamiento global, afectando así a las condiciones de vida y la salud de los demandantes.

 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es competente para decidir sobre alegaciones de violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) a partir de demandas individuales o interestatales. Aunque el CEDH no consagra un derecho al medio ambiente como tal, el TEDH ha desarrollado una jurisprudencia en el ámbito del medio ambiente porque el ejercicio de algunos de los derechos garantizados por el Convenio puede verse comprometido por la degradación medioambiental y la exposición a riesgos medioambientales. Entre los derechos que pueden verse afectados por el cambio climático se encuentran el derecho a la vida, la prohibición de la tortura y el derecho al respeto de la vida privada y familiar. Los derechos procesales, como la libertad de reunión y asociación, también podrían verse afectados.

 

Hasta la fecha, se han visto ante la Gran Sala tres importantes asuntos climáticos que están pendientes de sentencia y/o decisión. El 29 de marzo de 2023 se celebró una vista en los asuntos Verein Klimaseniorinnen Schweiz y otros contra Suiza y Carême contra Francia. Más recientemente, el 27 de septiembre de 2023, la Gran Sala conoció también del asunto Duarte Agostinho y otros contra Portugal y 32 otros Estados. Estos casos plantean cuestiones jurídicas sobre la jurisdicción extraterritorial del TEDH y el requisito de la condición de víctima. El TEDH también tendrá que pronunciarse sobre la cuestión del agotamiento de los recursos internos en el caso Duarte Agostinho y otros, en el que los demandantes no agotaron los recursos internos en ninguno de los 33 Estados. El resultado de estos casos será decisivo para el futuro de la acción climática.

 

Paralelamente a estas audiencias, la Global Pact Coalition participa, junto con otras organizaciones no gubernamentales, en una campaña para la adopción de un protocolo adicional al CEDH que reconozca el derecho a un medio ambiente sano. La Global Pact Coalition considera que la adopción de un instrumento de este tipo contribuiría a la protección del medio ambiente y de los derechos humanos medioambientales. 

 

Los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Resolución 48/13, octubre de 2021) y la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 76/300, julio de 2022) han reconocido el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible como un derecho humano para todos. La adopción de un protocolo adicional al CEDH que reconozca este mismo derecho sería el siguiente paso lógico. Los sistemas interamericano y africano de derechos humanos también han reconocido el derecho a un medio ambiente sano. Además, la mayoría de los Estados miembros del Consejo de Europa reconocen este derecho en sus constituciones o legislaciones nacionales.